¿Entorno o exorno? El artículo 14 de la Ley del Patrimonio Histórico Español.
Si se busca en internet la Ley del Patrimonio Histórico Español aparece en primer lugar la versión consolidada de la Ley del Boletín Oficial del Estado. Según ella el artículo 14 de la Ley del Patrimonio Histórico Español dice:
“Para los efectos de esta Ley tienen la consideración de bienes inmuebles, además de los enumerados en el artículo 334 del Código Civil, cuantos elementos puedan considerarse consustanciales con los edificios y formen parte de los mismos o de su entorno, o lo hayan formado, aunque en el caso de poder ser separados constituyan un todo perfecto de fácil aplicación a otras construcciones o a usos distintos del suyo original, cualquiera que sea la materia de que estén formados y aunque su separación no perjudique visiblemente al mérito histórico o artístico del inmueble al que están adheridos”.
La versión consolidada no tiene valor oficial. Recoge el texto inicial de la Ley con sus modificaciones. Lo que vale son los textos de los Boletines Oficiales del Estado en los que se publican la Ley y sus modificaciones.
Pues bien, en el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado el 29 de junio de 1985 se dice que “Para los efectos de esta Ley tienen la consideración de bienes inmuebles, además de los enumerados en el artículo 334 del Código Civil, cuantos elementos puedan considerarse consustanciales con los edificios y formen parte de los mismos o de su exorno o lo hayan formado, aunque en el caso de poder ser separados constituyan un todo perfecto de fácil aplicación a otras construcciones o a usos distintos del suyo original, cualquiera que sea la materia de que estén formados y aunque su separación no perjudique visiblemente al mérito histórico o artístico del inmueble al que están adheridos”.
La protección del exorno o adorno, y no entorno, encaja además mejor con el tenor literal del precepto. Éste habla de elementos separables del bien principal. Lo cual alude a la idea de elementos decorativos unidos al edificio, no separados de él como sucede en el caso del entorno.
Por tanto, parece que hay un error en el texto de la Ley del Patrimonio Histórico Español que publica el Boletín Oficial del Estado.