CONVENIO EUROPEO PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO (REVISADO)

PREÁMBULO

Los Estados miembros del Consejo de Europa y los demás Estados Partes en el Convenio Cultural Europeo, signatarios del presente Convenio,

Considerando que el objetivo del Consejo de Europa es lograr una unión mas estrecha entre sus miembros, con el fin concreto de salvaguardar y de promover los ideales y principios que constituyen su patrimonio común;

Visto el Convenio Cultural Europeo, firmado en París el 19 de diciembre de 1954, en especial sus artículos 1 y 5;

Visto el Convenio relativo a la Salvaguarda del Patrimonio Arquitectónico de Europa, firmado en Granada el 3 de octubre de 1985;

Visto el Convenio Europeo sobre las infracciones relativas a los bienes culturales, firmado en Delfos el 23 de junio de 1985;

Vistas las recomendaciones de la Asamblea Parlamentaria relativas a la arqueología y, en particular, las Recomendaciones 848 (1978), 921 (1981) y 1072 (1988);

Vista la Recomendación nº R (89) 5, relativa a la protección y mejora del patrimonio arqueológico en el contexto de las operaciones de ordenación urbana y rural;

Recordando que el patrimonio arqueológico es un elemento esencial para el conocimiento del pasado de las civilizaciones;

Reconociendo que el patrimonio arqueológico europeo, testigo de la historia antigua, está gravemente amenazado de deterioro a causa de la multiplicación del número de obras públicas, riesgos naturales, excavaciones clandestinas o escasamente científicas y la insuficiente conciencia pública;

Afirmando la importancia de establecer, donde no existen todavía, procedimientos apropiados de control administrativo y científico y que la necesidad de proteger el patrimonio arqueológico debe quedar reflejada en la ordenación urbana y rural y en las políticas de desarrollo cultural;

Subrayando que la responsabilidad de la protección del patrimonio arqueológico corresponde no solamente al Estado directamente implicado, sino al conjunto de los países europeos, a fin de reducir el riesgo de deterioro y de promover la conservación, favoreciendo el intercambio de expertos y la comparación de experiencias;

Constatando la necesidad de completar los principios formulados en el Convenio Europeo para la Protección del Patrimonio Arqueológico, firmado en Londres el 6 de mayo de 1969, como resultado de la evolución de las políticas de ordenación del territorio en los países europeos,

Han convenido en lo siguiente:

Definición de patrimonio arqueológico

Artículo 1.

  1. El objetivo del presente Convenio (revisado) es la protección del patrimonio arqueológico como fuente de la memoria colectiva europea y como instrumento de estudio histórico y científico.
  2. A este fin, se consideran elementos del patrimonio arqueológico todos los vestigios, objetos y cualesquiera otras trazas de manifestaciones humanas de épocas pasadas:
    i. cuya preservación y estudio permitan reconstruir la historia de la humanidad y su relación con el medio ambiente natural;
    ii. respecto de los cuales los principales medios de información sean las excavaciones o descubrimientos, así como otros métodos de investigación relativos a la humanidad y a su entorno; y
    iii. que estén localizados en cualquier lugar situado dentro de la jurisdicción de las Partes.
  1. El patrimonio arqueológico incluye las estructuras, construcciones, grupos arquitectónicos, lugares de asentamiento, objetos muebles, monumentos de otra naturaleza, así como su contexto, localizados en tierra o bajo el agua.

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Identificación del patrimonio y medidas de protección

Artículo 2.

Cada Parte se compromete a establecer, a través de los mecanismos correspondientes del Estado de que se trate, un régimen jurídico de protección del patrimonio arqueológico que prevea:

i. el mantenimiento de un inventario de su patrimonio arqueológico y la calificación de monumentos y de zonas protegidas;
ii. la constitución de reservas arqueológicas, incluso cuando no existan vestigios aparentes en la superficie o bajo el agua, para la conservación de testimonios materiales que estudiarán futuras generaciones;
iii. la obligación del descubridor de poner en conocimiento de las autoridades competentes el descubrimiento fortuito de elementos del patrimonio arqueológico y de ponerlos a disposición para su examen.

Artículo 3.

Con objeto de preservar el patrimonio arqueológico y de garantizar la significación científica de los trabajos de investigación arqueológica, cada Parte se compromete a:

i. aplicar procedimientos de autorización y control de las excavaciones y de cualquier otra actividad arqueológica, a fin de:
a) impedir toda excavación o remoción ilícita de elementos del patrimonio arqueológico;
b) asegurar que las excavaciones o prospecciones arqueológicas se emprendan de manera científica, y en todo caso que:
– se utilicen métodos de investigación no destructivos en la medida de lo posible;
– los elementos del patrimonio arqueológico no sean exhumados o queden expuestos durante las excavaciones o después de las mismas sin que se hayan adoptado las medidas oportunas para su debida preservación, conservación y gestión;

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ii. asegurar que las excavaciones y otras técnicas potencialmente destructivas se efectúen únicamente por personas cualificadas y especialmente autorizadas;
iii. someter a autorización específica previa, en los casos previstos en la legislación interna del Estado, el empleo de detectores de metales y de cualesquiera otros equipos de detección o procedimientos para la investigación arqueológica.

Artículo 4.

Cada Parte se compromete a poner en práctica medidas de protección física del patrimonio arqueológico que comprendan, en función de las circunstancias:

i. la adquisición o la protección por los medios apropiados, por parte de los poderes públicos, de espacios destinados a la constitución de reservas arqueológicas;
ii. la conservación y mantenimiento del patrimonio arqueológico, preferentemente in situ;
iii. el acondicionamiento de depósitos adecuados para los vestigios arqueológicos desplazados de su lugar de origen.

Conservación integrada del patrimonio arqueológico

Artículo 5.

Cada Parte se compromete a:

i. procurar conciliar y articular las exigencias respectivas de la arqueología y la ordenación del territorio, asegurando que los arqueólogos participen:
a) en las políticas de planificación dirigidas a implantar estrategias equilibradas de protección, de conservación y de mejora de los lugares de interés arqueológico;
b) en las diferentes fases de los planes de ordenación;
ii. asegurar la consulta sistemática entre arqueólogos, urbanistas y responsables de la ordenación del territorio, a fin de permitir:
a) la modificación de los planes de ordenación que puedan afectar negativamente al patrimonio arqueológico.
b) la asignación de tiempo y medios suficientes para efectuar el estudio científico apropiado del emplazamiento y para la publicación de los resultados;

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iii. asegurar que los estudios de impacto medioambiental y las decisiones que de ellos resulten recojan todas las consideraciones relativas a los emplazamientos arqueológicos y sus escenarios;
iv. prever, cuando se encuentren elementos del patrimonio arqueológico durante trabajos de infraestructuras, la conservación in situ de los mismos cuando sea viable;
v. asegurar que la apertura al público de emplazamientos arqueológicos, especialmente cuando se requieran medidas de infraestructuras para la acogida de gran número de visitantes, no afecte negativamente al carácter arqueológico y científico de tales emplazamientos y de su entorno.

Financiación de la investigación y conservación arqueológica

Artículo 6.

Cada Parte se compromete a:

i. establecer un apoyo financiero a la investigación arqueológica por parte de las autoridades nacionales, regionales o locales en el ámbito de sus competencias respectivas;
ii. aumentar los recursos materiales para la arqueología preventiva:
a) mediante la adopción de las medidas pertinentes para asegurar que en los grandes proyectos de infraestructuras públicos y privados se cubra íntegramente, con fondos públicos o privados, según proceda, el coste de las operaciones arqueológicas necesarias que se deriven de dichas obras.
b) mediante la inclusión en los presupuestos relativos a esas obras, de la misma manera que se incluyen los estudios de impacto derivados de las exigencias medioambientales y de ordenación del territorio, de los estudios y prospecciones arqueológicas previos, los documentos científicos de síntesis, así como la comunicación y publicación completa de los descubrimientos.

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Recopilación y difusión de la información científica

Artículo 7.

A efectos de facilitar el estudio y la difusión de los conocimientos acerca de los descubrimientos arqueológicos, cada Parte se compromete a:
i. realizar o actualizar las investigaciones, inventarios y mapas de los emplazamientos arqueológicos en los lugares comprendidos en su jurisdicción;
ii. adoptar todas las medidas prácticas encaminadas a obtener, al término de las operaciones arqueológicas, un documento científico de síntesis publicable, previo a la necesaria difusión integral de los estudios especializados.

Artículo 8.

Cada Parte se compromete a:

i. facilitar el intercambio nacional e internacional de los elementos del patrimonio arqueológico con fines científicos profesionales, tomando las medidas adecuadas para asegurar que este intercambio no menoscabe en modo alguno el valor cultural o científico de esos elementos;
ii.
promover los intercambios de información sobre la investigación arqueológica y las excavaciones en curso y contribuir a la organización de programas de investigación internacionales.

Sensibilización pública

Artículo 9.

Cada Parte se compromete a:

i. emprender acciones educativas con el fin de suscitar y desarrollar en la opinión pública la conciencia del valor del patrimonio arqueológico para el conocimiento del pasado y de los peligros que amenazan a su patrimonio;
ii.
promover el acceso del público a los elementos importantes del patrimonio arqueológico, especialmente a los emplazamientos, y fomentar la exposición al público de selecciones adecuadas de objetos arqueológicos.

Prevención de la circulación ilícita de elementos del patrimonio arqueológico

Artículo 10.

Cada Parte se compromete a:

i. organizar el intercambio de información entre las autoridades públicas competentes y las instituciones científicas relativas a cualquier excavación ilícita detectada;

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ii. informar a las autoridades competentes del Estado de origen Parte en el presente Convenio (revisado) acerca de todo ofrecimiento del que se sospeche que procede de excavaciones ilícitas o de extracciones fraudulentas de excavaciones oficiales, y proporcionar toda la información al respecto;
iii. adoptar las medidas necesarias para asegurar que los museos y otras instituciones similares cuya política de adquisiciones se encuentre sometida a control estatal no adquieran elementos del patrimonio arqueológico cuando se sospeche que proceden de descubrimientos no controlados o excavaciones ilícitas o de extracciones fraudulentas de excavaciones oficiales;
iv. en lo concerniente a museos o instituciones similares situados en el territorio de una Parte pero cuya política de adquisiciones no esté sometidas a control estatal:
a) transmitirles el texto del presente Convenio (revisado);
b) no escatimar esfuerzos para asegurar el respeto por parte de dichos museos e instituciones de los principios formulados en el anterior apartado 3;
v. limitar, en la medida de lo posible, a través de acciones educativas, de información, de vigilancia y de cooperación, la transferencia de elementos del patrimonio arqueológico procedentes de descubrimientos no controlados o excavaciones ilícitas o de extracciones fraudulentas de excavaciones oficiales.

Artículo 11.

Nada de lo dispuesto en el presente Convenio (revisado) afectará a los tratados bilaterales o multilaterales existentes o futuros entre las Partes en relación con la circulación ilícita de elementos del patrimonio arqueológico o con la restitución a su legítimo propietario.

Asistencia técnica y científica mutua

Artículo 12.

Las Partes se comprometen a:

i. prestarse asistencia técnica y científica mutua mediante el intercambio de experiencias y expertos en las materias relativas al patrimonio arqueológico;
ii.
favorecer, en el marco de las legislaciones nacionales pertinentes o de los acuerdos internacionales que les vinculen, el intercambio de especialistas en la conservación del patrimonio arqueológico, incluido el ámbito de la educación permanente.

Control de la aplicación del Convenio (revisado)

Artículo 13.

A los fines del presente Convenio (revisado), un Comité de Expertos, creado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Consejo de Europa, se encargará de velar por la aplicación del presente Convenio (revisado) y, en particular:

i. de someter periódicamente al Comité de Ministros del Consejo de Europa un informe sobre la situación de las políticas de protección del patrimonio arqueológico en los Estados Partes en el Convenio (revisado) y sobre la aplicación de los principios consagrados en el mismo;
ii. de proponer al Comité de Ministros del Consejo de Europa medidas encaminadas a poner en práctica las disposiciones del Convenio (revisado), incluidas actividades multilaterales, la revisión o enmienda del Convenio (revisado), así como la información a la opinión pública sobre los objetivos del Convenio (revisado);
iii. de presentar recomendaciones al Comité de Ministros del Consejo de Europa relativas a la invitación a Estados no miembros del Consejo de Europa a adherirse al presente Convenio (revisado).

Disposiciones finales

Artículo 14.

1. El presente Convenio (revisado) estará abierto a la firma de los Estados miembros del Consejo de Europa y de los demás Estados Partes en el Convenio Cultural Europeo. Estará sujeto a ratificación, aceptación o aprobación. Los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación se depositarán en poder del Secretario General del Consejo de Europa.

2. Los Estados Partes en el Convenio Europeo para la Protección del Patrimonio Arqueológico, firmado en Londres el 6 de mayo de 1969, no podrán depositar sus instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación a menos que hayan denunciado ya dicho convenio o lo denuncien simultáneamente.

3. El presente Convenio (revisado) entrará en vigor seis meses después de la fecha en que cuatro Estados, de los cuales como mínimo tres sean Estados miembros del Consejo de Europa, hayan manifestado su consentimiento en quedar vinculados por el presente Convenio (revisado) de conformidad con las disposiciones de los apartados anteriores.

4. En caso de que, en aplicación de los dos apartados anteriores, la denuncia del Convenio de 6 de mayo de 1969 y la entrada en vigor del presente Convenio (revisado) no surtan efecto simultáneamente, todo Estado Contratante podrá declarar, en el momento del depósito de su instrumento de ratificación, aceptación o aprobación, que continuará aplicando el Convenio de 6 de mayo de 1969 hasta la entrada en vigor del presente Convenio (revisado).

5. El presente Convenio (revisado) entrará en vigor, respecto de cualquier Estado signatario que exprese con posterioridad su consentimiento en quedar vinculado por el mismo, seis meses después de la fecha del depósito del instrumento de ratificación, aceptación o aprobación.

Artículo 15.

1. Después de la entrada en vigor del presente Convenio (revisado), el Comité de Ministros del Consejo de Europa podrá invitar a cualquier Estado no miembro del Consejo y a la Comunidad Económica Europea a adherirse al presente Convenio (revisado), mediante decisión adoptada por la mayoría prevista en el artículo 20d del Estatuto del Consejo de Europa y por unanimidad de los representantes de los Estados Contratantes con derecho a formar parte del Comité.

2. Respecto de cualquier Estado que se adhiera o de la Comunidad Económica Europea, en caso de adherirse ésta, el Convenio (revisado) entrará en vigor seis meses después de la fecha del depósito del instrumento de adhesión en poder del Secretario General del Consejo de Europa.

Artículo 16.

1. Todo Estado podrá, en el momento de la firma o del depósito de su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, especificar el territorio o territorios a los que se aplicará el presente Convenio (revisado).

2. Todo Estado podrá en cualquier fecha posterior, mediante declaración dirigida al Secretario General del Consejo de Europa, hacer extensiva la aplicación del presente Convenio (revisado) a cualquier otro territorio señalado en la declaración. El Convenio (revisado) entrará en vigor con respecto a ese territorio seis meses después de la fecha en que el Secretario General haya recibido dicha declaración.

3. Toda declaración efectuada con arreglo a los dos apartados anteriores podrá retirarse respecto de cualquier territorio señalado en la misma mediante notificación dirigida al Secretario General. La retirada surtirá efecto seis meses después de la fecha en que el Secretario General haya recibido dicha notificación.

Artículo 17.

1. Toda Parte podrá denunciar en cualquier momento el presente Convenio (revisado) mediante notificación dirigida al Secretario General del Consejo de Europa.

2. La denuncia surtirá efecto seis meses después de la fecha en que el Secretario General haya recibido dicha notificación.

Artículo 18.

El Secretario General del Consejo de Europa notificará a los Estados miembros del Consejo de Europa, a los demás Estados Partes en el Convenio Cultural Europeo así como a cualquier Estado o a la Comunidad Económica Europea que se hayan adherido o hayan sido invitados a adherirse al presente Convenio (revisado):

i. toda firma;
ii. el depósito de todo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión;
iii. toda fecha de entrada en vigor del presente Convenio (revisado) de conformidad con los artículos 14, 15 y 16;
iv. cualquier otro acto, notificación o comunicación relativos al presente Convenio (revisado).

En fe de lo cual, los infrascritos, debidamente autorizados al efecto, firman el presente Convenio (revisado).

Hecho en Valletta, el 16 de enero de 1992, en francés e inglés, siendo ambos textos igualmente auténticos, en un único ejemplar que será depositado en los archivos del Consejo de Europa. El Secretario General del Consejo de Europa remitirá copias certificadas conformes a cada Estado miembro del Consejo de Europa, a los Estados Partes en el Convenio Cultural Europeo y a cualquier otro Estado no miembro o a la Comunidad Económica Europea que hayan sido invitados a adherirse al presente Convenio (revisado).

 

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Muñeca formada por un cuerpo cilíndrico cubierto parcialmente con cuentas de vidrio. Estas frágiles muñecas, como en otros pueblos africanos, no son creadas como objetos de divertimento, sino que las niñas y adolescentes las utilizan como símbolo de fertilidad que propiciará su futura maternidad, un aspecto de suma importancia en las sociedades tradicionales africanas. Las cuentas de vidrio se obtenían a través de los intercambios comerciales de esta zona de África con otros países al otro lado del Océano Índico. La tira de cuero con grandes cuentas de vidrio insertadas que se ubica en la parte superior de la cabeza serviría para llevar la muñeca colgada de la cintura, como se acostumbra en otras culturas africanas.

Dos muñecas similares, recogidas en Sudáfrica también por el médico austriaco Emil Holub (1847-1902), se conservan en el Staatliches Museum für Völkerkunde, Munich y en el Quai Branly, París.

Inventario CE4132.

Clasificación Genérica. Objetos rituales.

Objeto/Documento. Muñeca.

Materia/Soporte. Caña. Cuero. Corteza de calabaza. Vidrio. Fibra vegetal.

Técnica: Ensartado.

Dimensiones. Altura = 23,50 cm; Anchura = 6 cm.

Datación. 1801-1900 (Siglo XIX).

Contexto Cultural/Estilo. Ngwato.

Lugar de Producción/Ceca. Botswana (África Austral, África).

Lugar de Procedencia. Botswana (África Austral, África).

Esta figura, con brazos articulados unidos al cuerpo con tiras de fibra, forma parte del contexto cultural Fang. Sus proporciones nos recuerdan a los byeri o guardianes de las reliquias de los antepasados, aunque estos están tallados en un sólo bloque de madera. Su objetivo es diferente a él del byeri, ya que nunca fue creado para ser sujetado a la caja con los restos del antepasado, sino que guardado de forma oculta a la mirada de las mujeres, hace su aparición al final de las ceremonias dedicadas a los antepasados para anunciar que está a punto de terminar. Esta figura recibe el nombre de Niamodo, en lengua Fang, y su naturaleza expresiva es acentuada por los grandes ojos, hechos con discos de metal reciclado. La barba de fibra, el tocado con plumas y los genitales articulados que completarían la figura no se han conservado.

Inventario CE1255.

Clasificación Genérica; Escultura; Objetos rituales.

Objeto/Documento: Figura.

Nombre Específico: Niamodo.

Tipología/Estado: Antropomorfa.

Materia/Soporte Figura: Madera. Ojo: Metal. Cuerda: Fibra vegetal. Pigmento negro.

Técnica: Tallado-Pintado.

Contexto Cultural/Estilo: Fang.

Lugar de Producción/Ceca: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Lugar de Procedencia: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Recolección, Sorela Guaxardo-Faxardo, Luis. En el año 1886 el entonces Teniente de Infantería de Marina Luis Sorela Guaxardo-Faxardo (1858-1930) estaba destinado en Guinea Ecuatorial y fue comisionado para preparar una misión científica que recorriera la costa occidental africana y conocer la organización de los establecimientos coloniales que tenían instalados algunas naciones europeas, recogiendo una importante colección de objetos etnográficos.

Vasija de cerámica elaborada a mano con limo mezclado con arena y cocido en horno abierto, donde la pieza, en muchos casos, entra en contacto directo con el fuego dejando su huella en la superficie del objeto. La vasija formaba parte del ajuar doméstico de alguna de las casas abandonadas en la región de Nubia que fueron anegadas al construirse la presa de Asuán. La población de la zona tuvo que abandonar sus tierras y pueblos para trasladarse a otros lugares, dando origen a la fusión e integración de diferentes agrupaciones tribales.

Inventario CE3920.

Clasificación genérica: ajuar doméstico.

Objeto/Documento: vasija.

Materia/Soporte: arcilla rojo.

Técnica: modelado.

Dimensiones: altura 18 cm; diámetro = 22 cm.

Datación: 1901-1964 (siglo XX).

Contexto Cultural/Estilo: Nubio.

Lugar de producción/Ceca: Egipto (África del Norte, África).

Lugar de procedencia: zona de Korosko y Adindan, Nubia (región) (África del Norte, África).

Recolección Almagro Basch, Martín. Entre los años 1961 y 1964 el arqueólogo y prehistoriador Martín Almagro Basch (1911-1984) fue nombrado por la UNESCO Director del Comité Español para el Salvamento de Nubia, cuya finalidad era recuperar los monumentos del Egipto faraónico en la zona de Korosko y Adindan antes de que fueran anegados por la construcción de la Presa de Asuán. Durante el tiempo que duraron las distintas campañas Martín Almagro recolectó diversos materiales etnográficos.

Instrumento en forma de martillo que utiliza la población árabe para trocear el azúcar de los moldes de pilón. El consumo del té se convierte así en parte de un ritual ceremonial que se celebra en compañía de la familia y de otros invitados.

Inventario CE8510.

Clasificación genérica: ajuar doméstico; preparación, conservación y consumo de alimentos.

Objeto/Documento: martillo.

Nombre Específico: Maksra.

Materia/Soporte: hojalata, cobre, latón.

Técnica: fundición, grabado.

Dimensiones: altura 3,50 cm; longitud = 24 cm; anchura = 12 cm.

Contexto Cultural/Estilo: Saharaui.

Lugar de producción/Ceca: Sahara Occidental (África del Norte, África).

Lugar de procedencia: Sahara Occidental (África del Norte, África).

Máscara ngontang que se lleva sobre la cabeza y se completa con un vestido de fibras. Las máscaras ngontang representan entre dos a cuatro caras y hacen su aparición en la cultura Fang después del contacto con los occidentales. En muchos casos, se reproducen los rasgos físicos de los europeos, claramente visibles en el peinado, en la representación de bigotes o en el tipo de nariz. Estas máscaras hacían su aparición con motivo de ceremonias familiares o comunales. El color blanco de la máscara alude al sentido funerario de la misma, estando en relación con los antepasados que acudían a visitar a los vivos.

Inventario CE11058.

Clasificación Genérica: objetos rituales.

Objeto/Documento: máscara.

Nombre específico: Ngontang.

Materia/Soporte: madera, fibra de rafia, pigmento.

Técnica: tallado, pintado.

Dimensiones. Fibra vegetal: longitud 39 cm. Máscara: altura 36 cm; diámetro 36 cm.

Datación: 1901-1948 (primera mitad del siglo XX).

Contexto Cultural/Estilo: Fang.

Lugar de producción/Ceca: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Lugar de procedencia: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Recolección, Panyella Gómez, Augusto (en el año 1948 el etnólogo Augusto Panyella Gómez (1921-1999) participó en una expedición organizada por el Instituto de Estudios Africanos con el fin de recoger diversos materiales para el Museo de África).

Cruz de mano que el sacerdote lleva durante las ceremonias y procesiones. De pequeño tamaño, tiene diversas funciones: sirve para bendecir durante la liturgia o a la entrada del monasterio y al finalizar el rito es ofrecida para ser besada por los fieles. Se utiliza en la liturgia cotidiana con excepción del sábado, del domingo y de los días festivos, días en los que se utilizan las cruces procesionales. La placa rectangular del extremo inferior del vástago podría ser una representación simbólica bien del tabernáculo (arca de la alianza) o bien de la tumba de Adán.

Inventario CE19608.

Clasificación genérica: objetos rituales.

Objeto/Documento: cruz.

Materia/Soporte: latón.

Técnica: calado, grabado.

Dimensiones: altura 27,50 cm; anchura 12 cm.

Contexto cultural/Estilo: Amhara.

Lugar de producción/Ceca: Etiopía (África Oriental, África).

Lugar de procedencia: Etiopía (África Oriental, África).

Recolección, Negrete, Joaquina (durante el tiempo que el médico Jesús Garzón Barriuso (1926-2006)

estuvo trabajando para la Organización Mundial de la Salud en Addis Abeba (Etiopía), su mujer, Joaquina Negrete, reunió una importante colección de cruces coptas).

Tambor de madera. La música siempre ha tenido un importante papel en las sociedades africanas como medio de transmisión del conocimiento y para la celebración de acontecimientos individuales o colectivos. Las diferentes etapas del ciclo vital de una persona (nacimiento, adolescencia, matrimonio y muerte) están a menudo marcadas con música y danza, al igual que algunos rituales dedicados a los antepasados. Los tambores también son utilizados para transmitir mensajes de un lugar a otro, a distancias que pueden ir de una docena de metros hasta varios kilómetros, para llamar a los cazadores a la caza, a los guerreros a la guerra, o para anunciar la llegada de forasteros al poblado.

Inventario CE11132.

Clasificación genérica: instrumentos membranófonos.

Objeto/Documento: tambor.

Nombre Específico: Ngom.

Materia/Soporte: madera, piel, fibra vegetal.

Técnica: tallado, curtido.

Dimensiones: altura 34 cm; diámetro de la boca 29 cm.

Contexto Cultural/Estilo: Okak.

Lugar de Producción/Ceca: Akalayong (Centro-Sur (GUE, provincia), Región continental).

Lugar de Procedencia: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Collar usado por los hombres de la cultura fang. Aunque estos conocían la forma de extraer el hierro de los recursos naturales, para la fundición del bronce requerían de la materia prima procedente de los deshechos de las factorías coloniales ya que no sabían extraerlo directamente de la naturaleza. Se trabajaba en la fragua del mismo modo que el hierro. A estos collares o torques se les denomina ngos en lengua fang y consisten en pesadas argollas con decoraciones incisas que se convierten en las piezas más importante de la orfebrería fang. Por lo general se cerraban a golpe de martillo sobre el cuello del portador.

Inventario CE20095.

Clasificación genérica: adorno personal; metalistería.

Objeto/Documento: collar.

Materia/Soporte: bronce.

Técnica: fundición.

Dimensiones: altura 6,50 cm; diámetro 20 cm; grosor 0,30 cm.

Contexto cultural/Estilo: Fang.

Lugar de producción/Ceca: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Lugar de procedencia: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Pectoral denominado Ktef que forma parte del traje de desposada sefardí de Marruecos, también llamado de berberisca, a pesar de ser el traje español del siglo XV y que utilizaban los judíos en tiempos de su expulsión. La novia lo vestía en la ceremonia de paños que se celebraba el día antes de la boda. Se utilizan para cubrir el pecho sobre la apertura de la camisa o corpiño interior, debajo de la chaqueta o gombaiz. Generalmente están desprovistos de la parte posterior y se sujetan con cintas cruzadas a la espalda y atadas a la cintura. Los bordados, que los cubren por completo, se ajustan a patrones de dibujos muy variados. La pechera junto a la chaqueta es una de las partes más ricas del traje.

Inventario CE11767.

Clasificación genérica: indumentaria religiosa.

Objeto/Documento: pectoral.

Materia/Soporte: oro, tela.

Técnica: bordado, tejido.

Dimensiones: longitud 32 cm; anchura 40 cm.

Datación: 1801-1900.

Contexto Cultural/Estilo: judío, África del norte.

Lugar de producción/Ceca: Marruecos (Magreb, África del norte).

Lugar de procedencia: Marruecos (Magreb, África del norte).

Tocado, en forma de casco semiesférico y adornado con pasta vítrea, del grupo étnico fang, proveniente de Guinea Ecuatorial. Algunos pueblos africanos acostumbran a afeitarse amplias zonas de la cabeza para formar dibujos o bien a dejarse el pelo largo, trenzado y adornado con cauris, cuentas de colores o botones. Entre los hombres y mujeres fang esos complicados peinados eran sustituidos, en ocasiones, por tocados que los imitaban hasta tal punto que era difícil distinguirlos de aquéllos. Este tipo de gorros o tocados estaban elaborados con piel de mono, cabra o cordero, como sucedía en el caso de los más antiguos, pero también se hacía uso de la fibra como soporte al que se cosían finas cuerdas de fibra de ananá teñidas de negro, con las que se entretejían trenzas que, apretadas unas junto a otras y adornadas con cauris, botones o flecos de las cuerdas a las que se insertan cuentas de colores, daban la apariencia de un peinado.

Inventario CE11685.

Clasificación Genérica: Prendas de cabeza; Objetos de estatus y/o poder; Indumentaria complementos.

Objeto/Documento: Tocado.

Materia/Soporte: Fibra vegetal, Metal, Pasta vítrea.

Técnica Trenzado: Cosido.

Dimensiones: Altura = 16 cm; Anchura = 14 cm; Profundidad = 21 cm. Colgante: Longitud = 62 cm.

Contexto Cultural/Estilo: Fang.

Lugar de Producción/Ceca Guinea Ecuatorial: (África Central y Ecuatorial, África).

Lugar de Procedencia Guinea Ecuatorial: (África Central y Ecuatorial, África).

Figuras antropomorfas masculinas denominadas byeri. Los byeri son esculturas de madera relacionadas con el culto a los antepasados entre los pueblos de la etnia fang (Guinea Ecuatorial). Los fang creen que los cráneos y huesos de sus antepasados conservan parte de su poder, por lo que guardan sus restos óseos en cajas sobre las que colocan figuras antropomorfas que actúan de protectores frente a las influencias malignas. Los byeri eran realizados según un ritual específico, que incluía la abstinencia sexual del escultor antes de iniciar su elaboración. Después de talladas, las figuras se ennegrecían y se cubrían con aceite de palma. Una vez terminadas se colocaban en un lugar de honor en la casa familiar. Desde el punto de vista formal los byeri tienen características comunes. Todos los byeri tienen un largo vástago en la parte posterior para ser insertados en las cajas con los restos óseos; su cuerpo es alargado y las extremidades cortas; la prominencia del ombligo simboliza la conexión entre el mundo terrenal y el espiritual; y la expresividad de la mirada se refuerza con aplicaciones de cobre que producen una viva impresión cuando se refleja la luz en la oscuridad. Además de su función como "guardianes de las reliquias", los byeri eran consultados sobre los acontecimientos más importantes de la vida de la comunidad y participaban periódicamente en rituales colectivos. Rituales en los que las figuras se engalanaban con penachos de plumas, tobilleras de bronce, o collares de cuentas de colores.

Inventario CE830, CE947, CE1047, CE1120, CE11789.

Máscaras yelmo con varias caras que significan para los lega (República Democrática del Congo) la propiedad de una larga vista, representando al cazador de elefantes, que a su vez mira hacia atrás solicitando ayuda. Generalmente las representaciones de enmascarados se celebraban con motivo de los ritos de paso de la adolescencia a la edad adulta y su visión fuera de la celebración estaba regulada y restringida por una serie de normas rituales. El enmascarado cubría su cara con la máscara y el resto del cuerpo con tejidos y fibras de forma que ningún rasgo de su constitución física pudiese revelar su identidad.

Inventario. CE2000/2/15. Clasificación Genérica: objetos rituales; escultura. Objeto/Documento: máscara. Materia/Soporte: madera, fibra vegetal, fibra de rafia, pigmento. Técnica: tallado, policromado. Dimensiones: fibra vegetal longitud 30 cm; máscara altura 37 cm, anchura 30 cm, profundidad 24 cm. Contexto Cultural/Estilo: Lega. Lugar de Producción/Ceca y de procedencia: República Democrática del Congo (África Central y Ecuatorial, África).

Máscara de madera pintada, que representa a un hipopótamo. Utilizada por los jóvenes cabaro en ritos de iniciación de los bijago (Guinea Bissau) donde hacen su intervención cubiertos por la máscara para ocultar su identidad. Máscaras de este tipo han sido fotografiadas en rituales donde aparecen acompañadas de bastones sobre los que el bailarín apoya los brazos para representar y ejecutar los movimientos del baile. Las mascaradas de los bijago se celebran en diferentes momentos del ciclo vital, tanto para hombres como para mujeres. Las máscaras que representan animales marinos se contraponen a las que representan animales terrestres simbolizando el mundo de la cultura bijago basado en la economía tanto marítima como terrestre. Hay diferentes grupos de edad que forman parte de diferentes rituales de iniciación. Los adolescentes (cabaro), forman parte de uno de los siete grupos de edad en los que se divide la población masculina, mientras que la femenina se divide sólo en cuatro. Las máscaras usadas por los hombres se utilizan principalmente en dos grupos de edad, el canhocá de doce a diecisiete años y el cabaro de dieciocho a veintisiete años. Después de la iniciación, el nuevo adulto (camabi), entre los veintisiete y los treinta y cinco años, abandona el traje festivo de su edad anterior y pasa a ser oficialmente reconocido como adulto. Nunca más participarán en mascaradas, abandonando su máscara.

Inventario. CE11877.

Clasificación Genérica. Objetos rituales; adorno personal.

Objeto/Documento. Máscara.

Materia/Soporte. Madera, pigmento rojo.

Técnica. Tallado, pintado.

Dimensiones. Altura 29 cm; anchura 33 cm; profundidad 65 cm.

Contexto Cultural/Estilo. Bijago.

Lugar de Producción/Ceca. Guinea Bissau (África Occidental, África).

Lugar de Procedencia. Guinea Bissau (África Occidental, África).

Olla de barro. Las mujeres fang (Guinea Ecuatorial) son quienes realizaban las cerámicas a mano para sus necesidades de ajuar doméstico y para el almacenamiento y cocción de los alimentos. La técnica consistía en ir superponiendo en espiral rollos de barro que formarían las paredes del cacharro. Después de alisado y secado era sometido a la cocción en una simple hoguera, sin uso del horno, por lo que al no alcanzarse las temperaturas necesarias que le dan al barro la resistencia necesaria, estas resultaban frágiles y de corta duración. Los trabajos de alfarería se realizaban siempre colectivamente y al frente de los mismos figuraba una mujer que dirigía la búsqueda del barro y la cocción. Tradicionalmente todas las mujeres del poblado eran ceramistas excepto las que por causa de algún tabú especial no pudieran formar parte del trabajo. Las antiguas prohibiciones que debían guardarse para poder tomar parte en la extracción del barro, modelado de las piezas y posterior cocción eran, entre otras, no tener la menstruación, no estar embarazada de menos de cuatro meses, y haber dormido con hombre la noche anterior a la búsqueda del barro. La rotura de las ollas simbolizaría la transgresión de algunas de esas prohibiciones que con el tiempo incidirían en la desaparición de esta costumbre.

Inventario CE11712.

Clasificación genérica. Ajuar doméstico.

Objeto/Documento. Olla.

Materia/Soporte. Arcilla.

Técnica. Modelado, cocción.

Dimensiones. Altura 26,50 cm; longitud 28 cm; anchura 26,60 cm.

Datación. 1901-1948 (primera mitad del siglo XX).

Contexto cultural/Estilo. Fang.

Lugar de producción/Ceca. Guinea ecuatorial (África central y ecuatorial, África).

Lugar de procedencia. Guinea ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Estas figuras forman parte de la costumbre yoruba de representar a gemelos masculinos y femeninos, o del mismo sexo. La alta frecuencia en el nacimiento de gemelos en la cultura yoruba dio origen a la elaboración de este tipo de tallas por las que se buscaba la protección en caso de que uno de los gemelos muriese, dada la creencia de que los gemelos comparten la misma alma. Para equilibrar el alma del que quedaba vivo y la protección de la familia, las madres les dedicaban los mismos cuidados que a sus hijos, lavándolos, alimentándolos, igual que a su hermano o hermana en vida. Estas figuras reflejan la alta cifra de nacimientos múltiples que, al principio, no eran bien recibidos en la cultura yoruba, ya que se relacionaban con una especie de mono, siendo matados después del nacimiento. Esta costumbre que se remonta, según algunos autores, al siglo XVI cambiaría por el culto a los gemelos, momento en el que se empiezan a elaborar estas imágenes, bajo la dirección del sacerdote del culto a Ifa. Los ibeji pasaron entonces a ser considerados semidioses y su nacimiento se relacionaba con un incremento de la fortuna familiar.

Inventario CE19974-CE19974. Clasificación Genérica: objetos rituales. Objeto/Documento: figura. Nombre específico Ibeji. Tipología/Estado: antropomorfa. Materia/Soporte: madera. Técnica: tallado. Dimensiones: altura 30 cm; longitud 6,50 cm; anchura 6 cm. Contexto cultural/Estilo: Yoruba. Lugar de producción/Ceca Oyo (Nigeria, África Occidental). Lugar de procedencia: Nigeria (África Occidental, África).

Recipiente, vasija y lámpara de barro provista de pie. En la cultura Yoruba, estos objetos probablemente se utilizaba en ceremonias rituales del culto a Ifa, para presentación de ofrendas en los altares dedicados a los antepasados. Inventario CE693, CE694 y 694CE.

Los yoruba que siguen el ritual dedicado a la diosa Ifa utilizan este tipo de altares, que en ocasiones se han confundido con pequeños asientos, para colocar sobre ellos las bandejas con las que se procedía al ritual de adivinación. La figura principal porta en las manos un recipiente con tapa donde se guardaban las nueces de kola que arrojadas sobre la bandeja de adivinación servían para leer el futuro. Las tallas de los yoruba se destacan por los cuerpos de formas redondeadas, por el uso de la policromía y porque en ocasiones se decoran con marcas sobre el rostro que se corresponden con las escarificaciones, costumbre cultural de los seguidores del culto a Ifa. Otros investigadores opinan que este tipo de tallas no son representación de dioses o madres de la tierra, ni nada parecido, sino que simplemente son representaciones generalizadas de madres con niños.

Inventario CE758. Clasificación Genérica: mobiliario religioso, escultura. Objeto/Documento: altar. Materia/Soporte: madera, pigmentos blanco, negro, rojo, rosa. Técnica: tallado, pintado. Dimensiones: altura 37 cm, longitud 21,50 cm, anchura 20 cm. Datación 1801-1900 (siglo XIX). Contexto cultural/Estilo: Yoruba. Lugar de producción/Ceca y de procedencia: Nigeria (África Occidental, África).

Arpa o Ngombí, procedente de Guinea Ecuatorial, realizada a partir de una pieza de madera tallada de forma trapezoidal, con mango en forma de cabeza femenina pintada de blanco con los ojos formados con fragmentos de espejo.

Está relacionada con el mbweti, culto sincrético que se extiende a partir de 1930 y en el que se encuentran elementos cristianos y creencias tradicionales de los fang. Consiste en un viaje, durante el sueño de los iniciados, al país de dios y de los antepasados, provocado por el consumo de una droga alucinógena.

Los elementos figurativos se incorporan al cuerpo del instrumento que a veces cumple la función de relicario. En África subsahariana los instrumentos musicales se utilizan con una finalidad ritual y social. Músicos profesionales se encargan de explicar en largas recitaciones historias y cuentos de su pueblo, utilizando para ello instrumentos como el arpa o el xilófono.

Inventario CE11108. Clasificación Genérica: instrumentos cordófonos. Objeto/Documento: Arpa. Nombre específico: Ngombí. Materia/Soporte: madera, cuero, fibra vegetal, espejo, pigmento. Técnica: tallado, pintado. Dimensiones: altura 49 cm; anchura 11 cm; profundidad 8 cm. Contexto cultural/Estilo: Fang. Lugar de producción/Ceca: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África). Lugar de procedencia: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

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Se trata de altares simbólicos, denominados "asen" en los que se representan las ofrendas que los vivos deben dedicar a los difuntos para reafirmar su pertenencia a la familia y solicitar su protección. Los difuntos pueden aportar ayuda o consejos, pero también pueden vengarse si se sienten abandonados. Las ceremonias funerarias varian en función de la edad, del sexo o del estatus del fallecido. Estos objetos cumplen la función de altar simbólico de ofrendas, en los que las formas más habituales son las de cono invertido, formado por barillas de metal sobre las que descansa un disco o plato metálico. Estos objetos se colocan junto a las ofrendas materiales y los regalos recibidos por la familia en el momento de las celebraciones que marcan el paso del alma del difunto al otro mundo. En algunos casos la complejidad de la iconografia hace referencia al prestigio social de la familia.

Fichas CE4090-CE4019.

Recipiente de forma globular realizado a partir de una calabaza, usado para contener agua. La perforación de dos orificios en la parte superior, uno más grande para la entrada del agua y otro más pequeño para la salida del aire, permiten su llenado mediante la inmersión. Procede de Liberia. La calabaza, en sus múltiples variedades, por su fácil obtención y sin variar apenas la forma natural del fruto, ha sido tradicionalmente utilizada para cubrir las necesidades de ajuar doméstico en muchas culturas africanas subsaharianas. La forma del fruto determina su posterior uso que está relacionado principalmente con las necesidades domésticas, pero también con fines rituales. Las que tienen forma de botella, a veces decoradas con grabados o pirograbados, se utilizan para conservar y ofrecer el vino de palma, tradición que mantienen los dignatarios con motivo de importantes reuniones sociales, mientras que las que se forman con algunas secciones del cuerpo de la calabaza se utilizan como recipientes para alimentos o como cucharas. CE19644. Clasificación genérica: ajuar doméstico. Objeto: botella. Componentes correa (1); calabaza (1). Materia/Soporte. Botella: corteza de calabaza; cuerda: fibra vegetal. Técnica botella: pulido; cuerda: trenzado. Dimensiones: altura, 29,50 cm; diámetro 20 cm. Contexto cultural/Estilo: África occidental. Lugar de producción/Ceca y de procedencia: Liberia (África occidental, África).

Saco de viaje denominado tazufra, utilizado por los grupos nómadas del Sahara Occidental en sus traslados, para guardar todo el equipamiento doméstico, que se coloca sobre las grupas de los camellos aseguradas con tiras de cuero. La casi totalidad de los productos manufacturados eran realizados por un artesano llamado ma´lim (majarrero) y por su mujer en un sencillo taller montado en la parte delantera de su jaima, nombre que recibe la tienda donde reside una familia. Estos artesanos, tanto por sus orígenes inciertos como por su especialización laboral manual, no eran muy considerados y ocupaban los puestos más bajos de la escala social junto con los bardos o iggawin. El hombre llevaba a cabo los trabajos de carpintería, orfebrería, platería y herrería, mientras que la mujer realizaba los trabajos textiles y de cuero. La piel se obtenía de los camellos, de las ovejas o de las cabras y después de curtidas se grababan, pintaban y cosían. Además de la tazufra otros trabajos en cuero eran el asurme o almohada, el lemsar asurme o saco para guardar los utensilios para la preparación y el consumo de té, así como diversos tipos de odres.

Inventario. CE8655.

Clasificación genérica. Transporte.

Objeto/Documento. Saco.

Nombre Específico. Tazufra.

Materia/Soporte. Cuero; pigmento.

Técnica. Curtido, cosido, tintado.

Dimensiones. Longitud 112 cm; anchura 45 cm.

Datación. 1901=1960 (siglo XX).

Contexto cultural/Estilo. África del Norte.

Lugar de Producción/Ceca. Sahara occidental (África del norte, África).

Lugar de Procedencia. Sahara occidental (África del norte, África).

Jarra de cerámica utilizada para el transporte y almacenaje de leche, e incluso de manteca o miel. También denominada abukal. Fue fabricada en la cabila de Bocoia, en la provincia de Alhucemas (Marruecos). La cerámica bereber, grupo étnico autóctono de Marruecos, se caracteriza esencialmente por estar realizada a mano por las mujeres en centros o núcleos rurales y con una técnica muy primitiva y rudimentaria. La tipología cerámica está compuesta por una amplia variedad de objetos con una finalidad esencialmente doméstica: la preparación y el almacenaje de alimentos. Generalmente la decoración se realiza a base de diseños monocromos de tipo geométrico, que a veces incluyen representaciones esquemáticas de la figura humana.

Inventario CE8747.

Clasificación Genérica: Preparación, conservación y consumo de alimentos.

Objeto: jarra. Nombre específico: Abukal.

Materia/soporte: arcilla, pigmento.

Técnica: modelado, bruñido, engobe, pintado, cocción.

Contexto cultural/estilo: bereber.

Lugar de producción/Ceca: Cabila de Bocoia (Alhucemas (provincia), Taza-Alhucemas-Taunat).

Lugar de procedencia: Alhucemas (provincia) (Taza-Alhucemas-Taunat, Marruecos).

Máscara Dugn´be para el baile. La máscara es un elemento sagrado utilizado sólo en el ritual de iniciación de los muchachos bijago (Guinea Bissau), donde se incluía la circuncisión, cuando éstos pasan de la adolescencia al mundo de los adultos, con todos sus derechos y obligaciones y encargados de conservar la tradición y el equilibrio social. La máscara sirve para ocultar la identidad y, entre los bijago, la que representa a un toro les atribuye su fuerza y vigor.

Inventario CE11093

Clasificación genérica: objetos rituales; adorno personal.

Objeto/Documento: máscara.

Nombre específico: Dugn´be.

Materia/soporte: madera, fibra vegetal, pigmento.

Técnica: tallado, pintado.

Dimensiones: altura 38 cm; anchura 45 cm; profundidad 37 cm.

Datación: 1951=2000 (Siglo XX).

Contexto cultural/Estilo: Bijago.

Lugar de Producción/Ceca: Guinea Bissau (África Occidental, África).

Lugar de procedencia: Guinea Bissau (África Occidental, África).

Bandeja de forma circular tallada en madera, cuyo borde tiene decoración geométrica y la representación esquemática de una cara. Este tipo de bandejas son usadas por los yoruba para la adivinación en el culto a Ifá. Esta bandeja sirve al babalawo, ritualista y adivino, del culto a Ifa para descifrar el mensaje de los dioses que son consultados por los yoruba cuando se ha de tomar una decisión individual o colectiva importante. En el borde de la bandeja está representado Eshu, mensajero de los dioses, cuya figura se colocará en el lado opuesto al del adivino. El adivino comienza el proceso de adivinación colocando polvo de madera sobre la bandeja y arrojando dieciséis nueces de palma o una cadena de adivinación. Las arcas y líneas trazadas en la misma serán leídas, abriendo los cauces de comunicación entre lo tangible y lo intangible, lo que permite la comunicación con los espíritus.

Inventario CE4412. Clasificación genérica: objetos rituales. Objeto/Documento: bandeja. Nombre específico: Opon Ifa. Materia/Soporte: madera. Técnica: tallado. Dimensiones: diámetro 30 cm. Iconografia: en borde de la bandeja: Eshu; (Eshu es un dios yoruba intermediario entre los dioses y los humanos). Contexto Cultural/Estilo: Yoruba. Lugar de producción/Ceca: Porto-Novo (Quémé provincia, Benín). Lugar de procedencia: Benín (África Occidental, África).

Las figuras en posición frontal que sujetan el juego lo hacen con las manos, las dos centrales, mientras que las cuatro laterales "mujeres", lo hacen con la cabeza; todas ellas están de rodillas. La decoración es geométrica en relieve muy plano e incisiones. El colorido empleado es el rojo y verde oscuro.

El juego, llamado akong o awale, consiste en 2 hileras de 6 casillas, parecido al juego de damas y se encuentra por amplias zonas del continente. Puede ser según el área geográfica de diversos materiales, de madera o de caña hueca, dividido en dos calles paralelas con diferente número de casillas. Para algunos estudiosos este juego reproduce a escala la vida social del poblado en el que las dos hileras paralelas de chozas de un poblado se corresponden con las hileras del tablero de juego. El juego consiste en llenar las casillas con el mayor número posible de fichas, reflejo de la preocupación por la fecundidad y el aumento de la prole en la casa familiar. Pierde el jugador que se queda con menor número de fichas en las casillas.

Inventario CE930.

Clasificación genérica: actividades lúdicas.

Objeto/Documento: juguete.

Nombre específico: Akong.

Materia/Soporte: madera.

Técnica: tallado.

Contexto cultural/Estilo: Yoruba.

Lugar de producción/Ceca: Nigeria (África Occidental, África).

Lugar de procedencia: Nigeria (África Occidental, África).

Instrumento musical procedente de Guinea Ecuatorial, realizada por el grupo étnico ndowe en el siglo XX. La sanza es un instrumento musical de origen africano que consta de una tabla sobre la que se disponen lengüetas de madera, hierro o bambú, de número y longitud variables. La tabla suele ir sobre una caja de resonancia de madera o de calabaza para la amplificación del sonido.

Este instrumento se clasifica dentro de la categoría de los idiófonos, cuyo sonido se produce por la vibración de un material elástico (madera, caña o hierro) sin necesidad de un dispositivo de tensión. Los idiófonos más utilizados en diversas culturas de África subsahariana son la sanza, la campana, el sonajero, el xilófono o balafón, el sistro, etc.

Las diferentes etapas del ciclo vital de una persona están a menudo marcadas con música y danza, y para ello hay canciones de cuna, canciones para juegos infantiles y canciones para los ritos de iniciación, frecuentemente acompañadas de instrumentos como el arpa o la sanza.

Inventario CE11689.

Clasificación genérica: instrumentos idiófonos.

Objeto/Documento: Sanza.

Materia/Soporte: madera, técnica, tallado.

Dimensiones: longitud 46 cm; anchura 21,50 cm; profundidad 9 cm.

Datación: 1901=2000 (Siglo XX).

Contexto cultural/Estilo: Ndowe.

Lugar de producción/Ceca: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Lugar de procedencia: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Campana usada por los bubi de Fernando Poo, denominada bi-leebo. Instrumento dentro de la categoría de los idiófonos, cuyo sonido se produce por la vibración de un material elástico, madera, caña o hierro, sin necesidad de un dispositivo de tensión. Los más utilizados en diversas culturas de África subsahariana son: la sanza, la campana, el sonajero, el xilófono o balafón, el sistro, etc.  Es utilizada por el boeloelo (persona con poder) en rituales para combatir el mal o el dolor. Campana con decoración geométrica y en cuyo centro figura la espiral, alusiva a su cosmogonía. Se coge fácilmente con la mano del mojiarismo, u oficiante, el cual la purifica con agua de mar y con una hoja de una planta llamada ludago. Después convoca al espíritu, mientras que con soplos o pasando la campana por encima de la cabeza del paciente intenta calmar sus males.

Inventario: CE11812

Clasificación Genérica: instrumentos idiófonos.

Objeto/Documento. campana.

Materia/Soporte: madera.

Técnica: tallado, grabado.

Dimensiones: altura 40 cm; anchura 26,50 cm; profundidad = 10,50 cm.

Contexto Cultural/Estilo: Bubi.

Lugar de Producción/Ceca: Bioko (isla) (Región insular GUE, Guinea Ecuatorial).

Lugar de Procedencia: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

Navaja de afeitar, procedente de la República Sudafricana, fabricada en el siglo XIX y utilizada por los zulúes de África austral (CE663). La hoja tiene forma lanceolada con la punta roma, siendo más ancha por la base. El mango es también de metal y terminado en una anilla. En una de las caras y en la base de la hoja están decoradas por seis radios hechos con puntos incisos, que se unen donde empieza el mango. Muestra la costumbre en muchas culturas africanas subsaharianas de eliminar el vello facial y corporal con fines relacionados tanto con la higiene como con la estética.

Inventario: CE663.

Clasificación genérica: aseo e higiene personal.

Objeto/Documento: navaja.

Materia/Soporte: metal.

Técnica: fundición.

Dimensiones: altura 14,50 cm; anchura 3 cm; profundidad 1,20 cm. Hoja: longitud 9 cm; anchura 3 cm.

Mango: longitud 5 cm; anchura 0,70 cm.

Datación: 1801=1900 (siglo XIX).

Contexto Cultural/Estilo   Zulú

Lugar de producción/Ceca: República de Sudáfrica (África Austral, África).

Lugar de procedencia: República de Sudáfrica(África Austral, África).

Recolección, Holub, Emil. Emil Holub (1847-1902), explorador, médico, cartógrafo, zoólogo y botánico austriaco recorrió gran parte del continente africano, llegando a reunir una colección de más de 13.000 objetos de diversa naturaleza que se encuentran repartidos por diversos museos europeos.

Cinturón formado por bandas trenzadas con trocitos de concha de caracol (Strombus bubonius) que usan los bubi de la isla de Bioko (Guinea Ecuatorial) como amuleto para malograr y ahuyentar al espíritu maligno, expulsándole de su portador. A estas bandas, de diferentes anchos, se las denomina ipa. El uso de este tipo de brazaletes, cinturones y tobilleras se ha convertido en un signo identificativo de los bubi, quienes los llevan también asociado a su valor monetario.

Inventario CE1147.

Clasificación Genérica: adorno personal; indumentaria complementos.

Objeto/Documento: cinturón.

Materia/Soporte: fibra vegetal; cuenta: concha de molusco.

Técnica: ensartado.

Dimensiones: longitud 41 cm; anchura 11 cm; grosor 1,20 cm; perímetro 64 cm.

Contexto Cultural/Estilo: Bubi.

Lugar de Producción/Ceca: Bioko (isla) (Región insular (GUE), Guinea Ecuatorial).

Lugar de Procedencia: Guinea Ecuatorial (África Central y Ecuatorial, África).

En 1933 Ortiz Echagüe vendió 217 copias en papel al Museo del Traje Regional e Histórico, que pronto, en 1934, se convirtió en el Museo del Pueblo Español. José Ortiz Echagüe tenía tan solo dieciséis años cuando en 1903 realiza su primera fotografía de género: Sermón en la aldea. Con esta obra inaugura lo que sería una producción de escenas costumbristas que se caracteriza por un gusto por la puesta en escena y la anécdota, el cuidado de la composición y una exigente precisión en su representación de las tipologías populares. Las fotografías de Ortiz Echagüe son las más importantes de cuantas existen sobre indumentaria tradicional española. Muestran los trajes en el entorno para el que fueron creados. Son trajes, además, utilizados realmente en la vida cotidiana de las localidades fotografiadas.

Los originales están hechos siempre en blanco y negro. Junto a ellas aparece la fotografía coloreada.

En 1942 el fotógrafo madrileño Jesús García Férriz (1900-1988), bajo el sello "Férriz, fotógrafo industrial" -sobre todo se dedicaba a edificios-, realizó diversas fotografías por encargo del Museo del Pueblo Español. Su fin era el de documentar todos sus fondos y completar los ficheros y el archivo de la institución. Posiblemente muchas de estas imágenes se utilizaron después para ilustrar las publicaciones editadas por el museo. 

Con motivo de la boda real de Alfonso XII con su prima María de las Mercedes de Orleáns, celebrada en enero de 1878, las Diputaciones Provinciales enviaron a Madrid grupos de paisanos que, ataviados con los trajes característicos de cada lugar, cantaban y bailaban en las calles y ante los reyes. Aprovechando la ocasión, se encargó al fotógrafo Jean Laurent la realización de una serie de fotografías de los grupos y de las parejas con el fin de mostrar su indumentaria. Esas fotos se conservan en el Museo del Traje y en otros museos.

Las fotos originales son siempre en blanco y negro. En ocasiones han sido coloreadas con programas especializados.